Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las trivio a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento aprobado por el presente Existente decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida sea inferior o igual a 120 m2 y que cumplan con lo indicado en el apartado 2 del artículo 5 de dicho Reglamento.
1.º Los sistemas de columna seca ascendentes constarán de expectativas en las plantas pares hasta la octava y en todas a partir de ésta, provistas de conexión siamesa, con llaves incorporadas y racores de 45 mm con tapa; cada cuatro plantas, se instalará una válvula de seccionamiento, por encima de la salida de planta correspondiente.
A los posesiones de alegar que un cambio de actividad no ha determinado que el establecimiento industrial deje de adecuarse al esquema que permitió su puesta en marcha, ni incumple las condiciones técnicas y disposiciones reglamentarias conforme a las cuales se registró, el titular deberá tener a disposición de la Oficina competente la información de los cambios realizados, pudiendo Por otra parte disponer de un certificado emitido por una persona técnica titulada competente.
Disposición transitoria segunda. Régimen aplicable a los establecimientos industriales en proceso de construcción en el momento de la entrada en vigor del presente Positivo decreto.
Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de fin mediante agentes gaseosos. Parte 3: Mas información Requisitos y métodos de Adiestramiento para los dispositivos manuales de disparo y de paro.
5. A descuido de indicaciones en las normas europeas que fijen los requisitos del mecanismo de accionamiento de los hidrantes, este mecanismo estará formado por una tuerca en la que se roscará la parte superior del eje que transmitirá el movimiento axial al elemento móvil del falleba.
Los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios deberán cumplir las condiciones y los requisitos que se establecen en las normas de la Unión Europea, en la red seca contra incendios Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria y sus normas de desarrollo, Vencedorí como en este Reglamento y sus anexos.
Cuando no haya recaído dicha resolución, se entenderá que igualmente cumple las condiciones reglamentarias la publicación de la norma posterior a la que figure en el listado de normas, siempre que Servicio la misma no modifique criterios básicos y se limite a modernizar ensayos o incremente la seguridad intrínseca del material correspondiente.
Las operaciones de mantenimiento a realizar para todos estos sistemas Servicio serán las indicadas en las tablas del anexo II para sistemas fijos de fin.»
En el caso de extintores, la entidad de certificación empresa certificada acreditada deberá tener en cuenta los requisitos adicionales recogidos en la norma UNE 23120 sobre «Mantenimiento de extintores de incendios.»
Operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante o por el personal de la empresa mantenedora:
Operaciones a realizar por personal especializado del fabricante, de una empresa mantenedora, o admisiblemente, por el personal del becario o titular de la instalación:
Cuando la superficie del establecimiento no sea mayor de 100 m2 o se trate de una vivienda unifamiliar, también podrán ser instaladas por el usuario.
«– Toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o establecimiento en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando supere los siguientes límites: